El presidente firmó el Decreto 1261, que declara el estado de emergencia económica, social y ecológica por 30 días para agilizar la reconstrucción tras el sismo de magnitud 7,4 del 10 de agosto. El balance oficial habla de 314 fallecidos y más de 262.000 damnificados.
Nueve días después del terremoto de magnitud 7,4 que sacudió el centro-occidente de Colombia, el presidente Abelardo de la Espriella firmó en la noche del 19 de agosto el Decreto 1261, que declara el estado de emergencia económica, social y ecológica por 30 días. La medida, respaldada en el artículo 215 de la Constitución, busca darle al Gobierno herramientas extraordinarias —y recursos— que las facultades ordinarias no alcanzan a cubrir frente a una tragedia que golpeó a 15 departamentos, entre ellos Risaralda.
Qué habilita el decreto
Con la firma de todos los ministros, el decreto activa un régimen excepcional limitado a 30 días y a un territorio específico: los departamentos de Antioquia, Caldas, Cauca, Chocó, Quindío, Cundinamarca, Risaralda, Huila, Valle del Cauca, Tolima, Putumayo, Norte de Santander, Bolívar, Nariño y Sucre, con la posibilidad de sumar otros municipios si se demuestra afectación directa. Durante ese periodo, el Ejecutivo puede expedir decretos con fuerza de ley —sin pasar primero por el Congreso— en materias como presupuesto, contratación, crédito público, tributos, vivienda, salud, educación, transporte, justicia y servicios públicos, siempre que estén directamente relacionados con conjurar la crisis. El propio decreto reconoce que las herramientas ordinarias ya activadas, como la declaratoria previa de desastre nacional, resultan insuficientes por límites jurídicos, de tiempo y de recursos.
Como parte de los controles que exige este mecanismo excepcional, el Gobierno debe rendir un informe motivado al Congreso, remitir el texto a la Corte Constitucional al día siguiente de su firma y comunicar la decisión a la ONU y a la OEA.
El balance que sustenta la decisión
El decreto se apoya en el Reporte Situacional No. 36 de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), con corte al mediodía del 19 de agosto: 471 municipios con afectación directa, 314 personas fallecidas —aunque el Instituto de Medicina Legal ya había confirmado 319 cuerpos identificados—, 4.437 heridos y 262 desaparecidos. En infraestructura, el reporte contabiliza 30.664 viviendas destruidas, 136.946 averiadas, 302 edificios colapsados y 5.809 con daños estructurales, con 147.464 familias y 262.154 personas reconocidas oficialmente como damnificadas. Tanto la UNGRD como el propio decreto advierten que estas cifras son preliminares y que es probable que sigan subiendo a medida que avancen las inspecciones técnicas, en un terreno donde el relieve montañoso, los deslizamientos y la pérdida de conectividad han dificultado la verificación en zonas rurales.
El documento calcula el impacto económico preliminar en al menos 30 billones de pesos, cerca del 1,8% del PIB colombiano, mientras que el Servicio Geológico de Estados Unidos (USGS) ubica el rango más probable de pérdidas entre 1.000 y 10.000 millones de dólares.
Para qué se va a usar la plata
De la Espriella ya había anunciado que con esta declaratoria creará un «fondo milagro» destinado a la reconstrucción de hospitales, centros educativos, vías y aeropuertos afectados por el sismo. El Gobierno trabaja además, junto con su equipo económico, en medidas de alivio directo para las familias: pago de servicios públicos, subsidios de arrendamiento para quienes perdieron su vivienda, alivios tributarios y financieros, ayudas económicas para los hogares más vulnerables y mecanismos de respaldo para comerciantes y pequeños empresarios de las zonas afectadas.
La semana previa a la firma, el presidente había anunciado la medida y luego se retractó, argumentando que el Gobierno necesitaba más tiempo para preparar el decreto —el mismo que finalmente se publicó el 19 de agosto.
Lo que viene
El terremoto, con epicentro en el municipio de San José del Palmar (Chocó), es considerado una de las mayores tragedias naturales registradas en Colombia en las últimas décadas. Con Risaralda entre los departamentos cobijados por la declaratoria, la emergencia económica abre la puerta a recursos y trámites acelerados que la región va a necesitar en los próximos meses de reconstrucción. El decreto tiene vigencia de 30 días, aunque el Gobierno podría solicitar prórrogas adicionales si la magnitud de los daños lo exige, dentro del límite constitucional de 90 días acumulados por año.
Nota elaborada por Antena de los Andes con información de Agencia EFE e Infobae Colombia.
