Los contribuyentes de Santa Rosa de Cabal tienen dos alivios tributarios al alcance: uno del departamento de Risaralda, que reduce hasta 80 % los intereses y las sanciones de las deudas departamentales, y otro aprobado por el Concejo municipal, que busca exonerar del predial a las viviendas afectadas por el terremoto y descontar intereses y sanciones a quienes están en mora con el municipio. Los plazos van hasta el 30 de noviembre y el 31 de diciembre de 2026.
El alivio del departamento: hasta 80 % menos en intereses y sanciones
Los contribuyentes que estén en mora con obligaciones tributarias departamentales todavía pueden acogerse al alivio aprobado por la Asamblea de Risaralda. La medida permite reducir hasta en 80 % las sanciones y los intereses moratorios, pero no disminuye el capital de la deuda.
La Gobernación informó el 30 de septiembre que la reducción fue aprobada durante las sesiones extraordinarias de la Asamblea. El beneficio hace parte de las medidas adoptadas para facilitar la recuperación económica del departamento después del sismo del 10 de agosto.
Para acceder, el contribuyente debe pagar el 100 % del capital adeudado por cada concepto y período. Cumplida esa condición, las sanciones se liquidan sobre el 20 % de su valor total y los intereses moratorios sobre el 20 % de la tasa certificada por la Superintendencia Financiera. En términos prácticos, la reducción puede llegar al 80 % en esos dos componentes.
La Secretaría de Hacienda departamental indicó que el beneficio también puede cobijar a personas o empresas con acuerdos o facilidades de pago vigentes, siempre que soliciten su terminación y cancelen todo el capital bajo las condiciones establecidas. Las obligaciones que ya estén en cobro administrativo coactivo también pueden aplicar si cumplen los requisitos.
El plazo informado por la Gobernación va hasta el 31 de diciembre de 2026. La medida no cubre nuevas moras generadas después de la entrada en vigencia de la ordenanza.
Lo que aprobó el Concejo de Santa Rosa de Cabal
La concejal Daniela Arredondo Rincón, ponente del proyecto de alivios tributarios, explicó este 21 de octubre en Antena Noticias Santa Rosa de Cabal que el Concejo municipal en pleno aprobó la iniciativa, cuyo propósito es beneficiar a las personas afectadas por el terremoto.
Según detalló, los propietarios que estén al día con el impuesto predial, pero cuya vivienda haya quedado con uso restringido, declarada no habitable o destruida, pueden acercarse a la oficina de Gestión del Riesgo y radicar una solicitud para quedar exonerados del pago durante cinco años, entre el 1 de enero de 2027 y el 1 de enero de 2031. La solicitud debe radicarse antes del 30 de noviembre.
La concejal explicó además que el proyecto retomó una medida aprobada en meses anteriores: las personas con mora ante el municipio en intereses y sanciones pueden pagar con 80 % de descuento, ya sea que hagan un acuerdo de pago o cancelen la totalidad de la deuda. Ese beneficio, dijo, está vigente solo hasta el 31 de diciembre de este año y el trámite se hace en la oficina de Hacienda municipal.
Arredondo Rincón pidió difundir la información entre quienes no usan redes sociales ni escuchan las noticias, para que los posibles beneficiarios alcancen a hacer la solicitud a tiempo. La concejal recordó que el Concejo también aprobó el proyecto de presupuesto del municipio para 2027.
Cada alivio aplica a deudas distintas
El alivio departamental corresponde a impuestos, estampillas, tasas y contribuciones del departamento de Risaralda, y no cubre automáticamente obligaciones municipales como el impuesto predial o industria y comercio. El aprobado por el Concejo se refiere a las obligaciones con el municipio de Santa Rosa de Cabal. Cada uno se tramita por separado y tiene su propio plazo.
Al cierre de esta nota, el texto del acuerdo municipal no aparecía publicado en el sitio oficial de la Alcaldía, por lo que los detalles del beneficio municipal provienen de la explicación de la concejal ponente. Antes de pagar o cancelar un acuerdo vigente, la recomendación es solicitar una liquidación oficial y confirmar ante la Secretaría de Hacienda correspondiente, departamental o municipal, que la obligación concreta está incluida.
La Ordenanza 015 de 2026 aparece publicada en el directorio oficial de ordenanzas del departamento. Ambos alivios son temporales: quien considere acogerse debe revisar su caso con anticipación y no esperar hasta los últimos días del plazo.

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